Trabajar únicamente con puertas 100% certificadas y con marcado CE para poder ofrecerte un servicio de toda confianza, es una de nuestras principales señas de identidad. Esto se aplica especialmente a las puertas cortafuegos, donde la legislación es muy clara, siendo obligatorio llevar este marcado, además de cumplir el Código Técnico de la Edificación, y otras normas.
Normativa puertas cortafuegos y marcado CE
Comenzaremos resaltando que el marcado CE existe para permitir la libre circulación de productos dentro del Espacio Económico Europeo, garantizar que son seguros para su uso (ya que se verifica que cumple las directivas que le corresponden) y se establecen una serie de métodos para la clasificación de las características de cada producto.
Así, el marcado CE es obligatorio para las puertas industriales (UNE-EN 13241:2004+A2:2017) y las puertas peatonales exteriores (UNE-EN 14351-1:2006+A2:2017), existiendo además una norma armonizada complementaria y específica para las puertas cortafuegos, la UNE-EN 16034:2015.
En Siwell puedes tener la tranquilidad de contar con un producto que, además de ofrecerte unas excelentes prestaciones contra el fuego y el humo, llevan su correspondiente marcado CE y vienen acompañadas con su correspondiente documentación, como:
- Declaración de Prestaciones
- Instrucciones e información de seguridad
- Marcado CE situado en lugar visible
Es muy importante saber que una puerta cortafuegos sólo te ofrece todas las garantías si viene acompañada de dicha documentación.
Normativa puertas cortafuegos comunidades vecinos
La colocación de puertas cortafuegos es obligatoria en el acceso a escaleras, garajes y trasteros, en los vestíbulos de cada planta del edificio, en los pasillos y, en definitiva, en todo espacio que pueda constituir una vía de escape en caso de incendio.
Por otro lado, hay una serie de cuestiones que, si bien pueden resultar algo obvias, es importante tener en cuenta a la hora de utilizar correctamente las puertas cortafuegos.
- Es necesario tenerlas siempre cerradas, ya que, en caso contrario, no cumplirán su función y además las compañías aseguradoras no se harán cargo de los daños provocados en caso de incendio.
- Es necesario un mantenimiento, normalmente, anual.
- En caso de cambiar alguna de las partes de la puerta (como por ejemplo, el muelle), debe estar convenientemente homologada.
- En caso de que las puertas cortafuegos cuenten con sistema de apertura manual, es conveniente su sustitución por barras antipánico, siempre con su correspondiente homologación.
Si necesitas un proveedor de puertas cortafuegos 100% garantizadas, su correspondiente marcado CE y la documentación necesaria, en Siwell encontrarás un gran aliado, independientemente de la envergadura de tu proyecto.
Conocemos la importancia de evitar cualquier imprevisto y de contar con un producto de calidad que no de sorpresas, por lo que estamos a tu disposición para mostrarte nuestra gama de puertas cortafuegos o ampliar cualquier información que necesites.
¡Sabemos que formaremos un gran equipo!